REVISIÓN TÉCNICO MECáNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES

La Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes (RTMYEC) es un mecanismo de control legal, sobre la condición mecánica y de contaminación ambiental de todos los vehículos automotores que circulan en Colombia. Su concepción básica fue introducida con la Ley 769 de 2002 y sus procedimientos están reglamentados en Resolución 3768 de 2013; Decreto Ley 019 de 2012, en la ISO IEC 17020:2012 y en las NTC 5385, 5375, 4231, 5365, 4983.

EN EL CENTRO DE DIAGNOSTICO AUTOMOTOR DE POPAYÁN LIMITADA, contamos con acreditacion ONAC, vigente a la fecha con codigo de acreditación 11-OIN-002, bajo la norma NTC ISO IEC 17020:2012.

 

 

El artículo 51 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 11 de la Ley 1383 de 2010 y por el artículo 201 del Decreto 019 de 2012, por regla general establece que: “(…) Todos los vehículos automotores, deben someterse anualmente a revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes y la revisión estará destinada a verificar:

El adecuado estado de la carrocería

Niveles de emisión de gases y elementos contaminantes acordes con la legislación vigente sobre la materia

El buen funcionamiento del sistema mecánico

Funcionamiento adecuado del sistema eléctrico y del conjunto óptico

Eficiencia del sistema de combustión interno

Elementos de seguridad

Buen estado del sistema de frenos constatando, especialmente, en el caso en que este opere con aire, que no emita señales acústicas por encima de los niveles permitidos

Las llantas del vehículo

Del funcionamiento de los sistemas y elementos de emergencia

Del buen funcionamiento de los dispositivos utilizados para el cobro en la prestación del servicio público

En caso que los vehículos cumplan las condiciones mínimas determinadas por la autoridad respecto a las pruebas mencionadas y que no generen ningún tipo de amenaza en las vías, el centro de diagnóstico emitirá el certificado de revisión técnico mecánica, de lo contrario si presenta algún defecto que genere riesgo de accidentalidad el vehículo será rechazado y se entregará al usuario un informe detallando los defectos que generaron el rechazo (FUR) formato uniforme de resultados, en este caso el cliente tiene 15 días calendario para realizar los correctivos necesarios, deberá regresar para ser nuevamente valorado sin ningún costo adicional.

El Centro de Diagnóstico Automotor de Popayán, actualmente se encuentra acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC) con certificado de acreditación Cód. 11-OIN-002, el cual nos permite realizar la inspección de vehículos:

– LIVIANOS

– PESADOS

– MOTOCICLETAS 4T y 2T

Señor usuario para realizar la revisión de su vehículo es recomendable que tenga en cuenta lo siguiente:

Tarjeta de Propiedad

Para realizar la revisión, basta con que la persona que trae el vehículo sea el propietario o no, presente la tarjeta de propiedad. También para vehículo a gas, se deberá presentar el Certificado de Gas Vehicular.

SOAT Vigente
Es primordial que revise la fecha de vencimiento del mismo, ya que es indispensable que el vehículo cuente con este documento para poder iniciar el proceso de inspección del estado mecánico y de emisiones contaminantes de su vehículo.
Certificado de GNV
Es necesario contar con este certificado vigente, ya que es un requerimiento por Ley, si su vehículo fue convertido de Gasolina a Gas Natural Vehicular (GNV), lo deberá presentar para iniciar el proceso de inspección.
Pre inspección
Recuerda traer el vehículo lo más limpio posible, sin ningún tipo de carga y si tiene alarma desactivarla. En caso de que el vehículo sea rechazado, tienes 15 días calendario para realizar los arreglos pertinentes y traerlo de nuevo sin ningún costo adicional.
En caso de requerir duplicado del Certificado de RTM y EC
Para la solicitud de su duplicado, es necesario que presente la denuncia por pérdida o robo, según sea su caso, donde relacione la placa del vehículo.
Documentos de la revisión
Para efectuar las revisiones técnico mecánica y emisiones contaminantes, el propietario, poseedor o tenedor del vehículo automotor, deberá presentar la Licencia de Tránsito y es necesario presentar el certificado de la instalación de Gas Natural Comprimido Vehicular (GNCV), para los vehículos convertidos que cuentan con este sistema de combustible.
Presentación del vehículo automotor
El usuario debe presentar el vehículo automotor en nuestro CDA en las siguientes condiciones:
a. El vehículo debe presentarse limpio
b. El vehículo debe presentarse descargado
c. El vehículo debe presentarse sin tapa cubos
e. Tener la presión de inflado de las llantas de acuerdo a la siguiente tabla:

Parámetros de aprobación de las pruebas
Los parámetros para la aprobación de las pruebas correspondientes a la revisión técnico mecánica y emisiones contaminantes, se verificarán aplicando las Normas Técnicas Colombianas NTC-5375, NTC-5385, NTC-4231, NTC-4983, según el tipo de vehículo y los límites de emisiones establecidos por la autoridad ambiental.
Certificado de las revisiones técnico mecánicas y de emisiones contaminantes
El CDA verificará si los resultados obtenidos por el vehículo automotor se encuentran dentro los parámetros permisibles establecidos en las Normas Técnicas Colombianas NTC 5375, NTC- 5385, en caso afirmativo procederá de manera sistematizada a reportar este hecho al RUNT de acuerdo con la directriz que en relación con este certificado expida el Ministerio de Transporte.
Vehículos rechazados
Si al verificar el resultado total de las pruebas, en las revisiones técnico mecánica y de emisiones contaminantes, el vehículo automotor es reprobado de acuerdo con los criterios señalados para el efecto, el CDA POPAYAN, entregará copia del Formato Uniforme de Resultados de las revisiones técnico mecánica y de emisiones contaminantes al propietario, poseedor o tenedor del vehículo automotor, para que efectué las reparaciones pertinentes y subsane los aspectos defectuosos dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha en que fue reprobado.

 

Una vez efectuadas las reparaciones el propietario, poseedor o tenedor del vehículo automotor podrá volver por una sola vez sin costo al CDA POPAYÁN para someter el vehículo a la revisión de los aspectos reprobados en la visita inicial.

 

En la segunda visita al CDA POPAYAN, el vehículo, en todos los casos, será objeto de una revisión sensorial completa para verificar que las condiciones generales del vehículo se mantienen, y se procederá a hacer una revisión gratuita de los aspectos reprobados en la visita inicial mediante revisión visual o revisión mecanizada, según corresponda.

 

Cuando en la revisión visual se compruebe que el vehículo pudo haber sufrido alguna alteración, este será sometido a una revisión total como si acudiera por primera vez y esta generará el respectivo cobro.

NOTA: si dentro de los 15 días calendario el usuario regresa, se harán de nuevo las pruebas por las que inicialmente fue reprobado el vehículo; vale la pena recordar que si al vehículo en la segunda inspección se le identifica que no se le corrigieron los ítems que generaron el rechazo o es reprobado por segunda vez el cliente deberá cancelar de nuevo la revisión.

A continuación encontrarás las tarifas vigentes de revisión técnico mecánica para el 2025

Centro de Diagnóstico Automotor de Popayán Limitada

Satisfacción Garantizada

Horario de Atención

Jornada continua
Lunes a Viernes 8:00 a.m. - 6:00 p.m.
Sábado 8:00 a.m. - 2:00 p.m.

Al diligenciar este formulario expreso estar de acuerdo con el Aviso de Privacidad y la Cláusula de Consentimiento Web del CDA Popayán Ltda.